martes, 15 de noviembre de 2016

LABOR ASISTENCIAL DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO DEL SERVICIO DE MEDICINA NUCLEAR


LABOR ASISTENCIAL DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO DEL SERVICIO DE MEDICINA NUCLEAR

INICIOS DE  LOS TECNÓLOGOS MEDICO EN PERÚ:

Vienen de los técnicos cuando nace la necesidad de formar, crecer y distinguirse en radiología. Empezaron a conversar y a darse cuenta que juntos podían caminar a una profesionalización.
Nosotros derivaron de un técnico que se especializaron, y profesionalización donde poco tiempo más adelante nos vamos a hacer maestrías tal como la ley universitaria lo recalca.

NORMA TECNICA IR 002- 2012:
En la norma técnica está especificado que solo nosotros podemos realizar los protocolos e inyectar al paciente. El técnico  nunca puede realizar las funciones del tecnólogo médico.

EL TECNICO TIENES SUS DOS FUNCIONES:
  • TÉCNICO DE TIPO ADMINISTRATIVO
  • TÉCNICO DE TIPO ASISTENCIAL

En su debido momento todos los especialistas deben de pasar a un P1. El profesional P1 que son los médicos están buscando un nivel superior (quieren pasar a un senior) y los médicos están trabajando en el congreso.

Que necesita un grupo de profesionales para hacer prevalecer sus derechos?

Trabajarlos en el nivel del congreso. No es fácil porque cada grupo  político tienen intereses creados y si no tenemos un T.M  que vele por nosotros y piense en su carrera va a ser imposible que esto suceda porque vamos a vivir de favores pero no va a ver la suficiente decisión de alguien que está en nuestra condición.

MANUAL DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA:

Este manual tiene un serio de errores porque fue hecho mucho antes de que el T.M sea especialista y está hecho por un físico médico y entregado sin haber sido visto por el T.M

 Tiene que ir aspectos generales: organigrama del servicio, infraestructura, clasificación  radiológicas de las zonas, dosimetría personal, dosímetro para el personal nuevo o rotante.

VIGILANCIA OPERACIONAL:
  •    Realizar la vigilancia radiológica de los trabajadores expuestos decidiendo las técnicas y procedimientos a emplear teniendo en cuenta los principios de optimización.
  •      Realizar la vigilancia radiológica de las instalaciones y de las actividades en ellas realizadas, decidiendo el tipo y frecuencia de las medidas a efectuar.
  •   Realizar la calibración y comprobación periódica del buen estado y funcionamiento de los instrumentos de medida.
  •     Vigilar la actividad de los trabajadores externos en las instalaciones radiactivas.
  •       Clasificar y señalizar las zonas con riesgo radiológico de las instalaciones.
  •       Clasificar a los trabajadores expuestos en función de su riesgo radiológico

EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN DEL TRABAJADOR EXPUESTO:

CONTROL DOSIMÉTRICO PERSONAL:


v  Determinación de dosis por irradiación externa La dosimetría personal externa de los trabajadores expuestos deberá ser realizada por un Servicio de Dosimetría Personal expresamente autorizado por el CSN.
v  Trabajadores expuestos de categoría A Las dosis individuales por irradiación externa se estimarán, como mínimo mensualmente, con dosímetros personales.
v   El dosímetro de solapa permite estimar las dosis equivalentes individuales, profunda y superficial, a cuerpo entero. En el caso de riesgo de exposición parcial o no homogénea del organismo, se deberán utilizar dosímetros adecuados en las partes potencialmente más afectadas.
v  Trabajadores expuestos de categoría B Se pueden estimar las dosis a trabajadores de categoría B con dosímetros personales o a partir de los datos obtenidos de la dosimetría de área de los diferentes locales y zonas de trabajo, siempre que estos datos permitan demostrar que dichos trabajadores están clasificados correctamente en la categoría B.
v  La metodología para el uso de los dosímetros o instrumentos utilizados para la dosimetría de área, y el procedimiento de asignación de dosis asociado.

NORMAS DE PROTECCIÓN DE PERSONAS EN FORMACIÓN Y ESTUDIANTES:

Las condiciones de exposición y la Protección Radiológica operacional de las personas en formación y los estudiantes mayores de 18 años, serán, según el caso, equivalentes a las de los trabajadores expuestos de categoría A ó B.
Las condiciones de exposición y la protección operacional de las personas en formación y los estudiantes con edades comprendidas entre 16 y 18 años, serán equivalentes a las de los trabajadores expuestos de la categoría B.

CLASIFICACIÓN DE ZONAS:

 Se realizará la clasificación de los lugares de trabajo de acuerdo con la evaluación de las dosis anuales previstas, el riesgo de dispersión de la contaminación y la probabilidad y magnitud de exposiciones potenciales. A tal efecto, se identificarán y delimitarán todos los lugares de trabajo en los que exista la posibilidad de recibir dosis superiores a los límites de dosis establecidos para los miembros del público, y se establecerán las medidas de Protección Radiológica aplicables.
Dichas medidas deberán adaptarse a la naturaleza de las instalaciones y de las fuentes, así como a la magnitud y naturaleza de los riesgos. El alcance de los medios de prevención y vigilancia, así como su naturaleza y calidad, deberán estar en función de los riesgos vinculados a los puestos de trabajo que impliquen una exposición a las radiaciones ionizantes.

v  ZONA VIGILADA : Aquella en la que existe probabilidad de recibir dosis superiores a los límites de dosis para los miembros del público, siendo muy improbable recibir dosis efectivas superiores a 6 mSv o dosis equivalentes superiores a los 3/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, piel y extremidades.

v  ZONA CONTROLADA: Aquella en la que existe probabilidad de recibir dosis efectivas superiores a 6 mSv o dosis equivalentes superiores a los 3/10 de los límites de dosis equivalente para el cristalino, piel y extremidades. En esta zona será necesario establecer procedimientos de trabajo con objeto de reducir la exposición a la radiación ionizante, evitar la contaminación radiactiva o prevenir y limitar la probabilidad y magnitud de accidentes radiológicos o sus consecuencias. Dentro de las zonas controladas pueden existir algunas que por sus características, y en función del riesgo radiológico, requieran una clasificación más restrictiva, como la considerada en los apartados siguientes:

Zona de permanencia limitada: Aquella en que existe un riesgo de recibir una dosis superior a los límites de dosis si se permanece en ella durante toda
la jornada laboral completa (50 semanas / año, 5 días / semana y 8 horas / día).
Zona de permanencia reglamentada: Aquella en que existe riesgo de recibir dosis superiores a cualquiera de los límites de dosis en cortos períodos de tiempo y que requiere prescripciones especiales desde el punto de vista de la optimización.
Zona de acceso prohibido: Aquella en que existe riesgo de recibir, en una exposición única, dosis superiores a los límites de dosis.

LEY Nº 30220: LEY UNIVERSITARIA:

Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad.

Artículo 5. Principios Las universidades se rigen por los siguientes principios:
  • ·         Búsqueda y difusión de la verdad.
  • ·         Calidad académica.
  • ·         Autonomía. Libertad de cátedra.
  • ·         Espíritu crítico y de investigación.
  • ·         Democracia institucional.
  • ·         Meritocracia.


Artículo 44. Grados y títulos Las universidades otorgan los grados académicos de Bachiller, Maestro, Doctor y los títulos profesionales que correspondan, a nombre de la Nación. Las universidades que tengan acreditación reconocida por el organismo competente en materia de acreditación, pueden hacer mención de tal condición en el título a otorgar.

Artículo 45. Obtención de grados y títulos La obtención de grados y títulos se realiza de acuerdo a las exigencias académicas que cada universidad establezca en sus respectivas normas internas. Los requisitos mínimos son los siguiente:
  • GRADO DE BACHILLER: Requiere haber aprobado los estudios de pregrado, así como la aprobación de un trabajo de investigación y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa. 
  • TÍTULO PROFESIONAL: Requiere del grado de Bachiller y la aprobación de una tesis o trabajo de suficiencia profesional. Las universidades acreditadas pueden establecer modalidades adicionales a estas últimas. El título profesional sólo se puede obtener en la universidad en la cual se haya obtenido el grado de bachiller.
  • TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL: Requiere licenciatura u otro título profesional equivalente, haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos semestres académicos con un contenido mínimo de cuarenta (40) créditos, así como la aprobación de una tesis o un trabajo académico. En el caso de residentado médico se rige por sus propias normas.
  • GRADO DE MAESTRO: Requiere haber obtenido el grado de Bachiller, la elaboración de una tesis o trabajo de investigación en la especialidad respectiva, haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos (2) semestres académicos con un contenido mínimo de cuarenta y ocho (48) créditos y el dominio de un idioma extranjero o lengua nativa.
  • GRADO DE DOCTOR: Requiere haber obtenido el grado de Maestro, la aprobación de los estudios respectivos con una duración mínima de seis (6) semestres académicos, con un contenido mínimo de sesenta y cuatro (64) créditos y de una tesis de máxima rigurosidad académica y de carácter original, así como el dominio de dos idiomas extranjeros, uno de los cuales puede ser sustituido por una lengua nativa.

.

1 comentario:

  1. Casino at Ostero Hotel & Casino (Nsw) - Mapyro
    Casino 춘천 출장샵 at Ostero Hotel 창원 출장샵 & Casino. 3131 E. 정읍 출장샵 South St. Paul. 38664. United States. 문경 출장샵 See 창원 출장마사지 map. View map. View. Contact. (360) 635-7511. Map Map

    ResponderEliminar